sábado, 23 de septiembre de 2017

Principios en el juicio oral y público, decisión sobre suspensión, interrupción, oralidad, constitución del tribunal mixto.

Principios en el juicio oral y público, decisión sobre suspensión, interrupción, oralidad, constitución del tribunal mixto.

 

     Debido a que el proceso se entiende como un todo, los llamados Principios del Proceso deben ser aplicables al mismo; de igual manera deben aplicarse los Principios relativos a la administración de justicia dentro del mencionado proceso.

 

     La fase de Juicio es la tercera Fase del Proceso Penal, la cual está a cargo del Juez de 1° Instancia en funciones de Juicio y se da por cuanto el Juez de Control, una vez finalizada la Audiencia Preliminar, admite la acusación fiscal y ordena su paso a juicio; Artículo 314 Código Orgánico Procesal Penal.

 

Principios que rigen la Fase de Juicio

Los Principios señalados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en sus Artículos 26 y 49 deben ser aplicados de manera directa e inmediata; ahora bien, estos Principios Constitucionales orientan y determinan el proceso, de igual forma, prevalecen si por alguna circunstancia determinada norma infra constitucional colida con ellos. Entre estos Principios Constitucionales se tienen:


-. Proceso libre con todas las garantías.

-. Presunción de inocencia.

-. Debido proceso.

-. Tutela judicial efectiva.

-. Igualdad entre las partes.

-. Juez natural.

-. Respeto de la dignidad humana.

-. Supremacía constitucional.

-. Proceso oral y público.

-. Contradicción.

-. Inmediación.

-. Concentración.

-. Derecho a la verdad.

-. Imparcialidad.

-. Idoneidad y transparencia en la administración de justicia.

-. Valoración racional de las pruebas.

-. Publicidad.

     El no cumplimiento de los mencionados Principios o formas, conlleva a la nulidad de los actos procesales; tomando en consideración en todo caso, las excepciones establecidas en la Ley y la garantía de la contradicción y la igualdad.

     En la fase de juicio son de suma importancia el Principio de Inmediación y el Principio de Publicidad; ya que las audiencias deben ser continuas e ininterrumpidas y las mimas se deben realizar en el menor tiempo posible; considerando que todo lo que sucede en el debate debe constar en actas; tomando en consideración que si llegase a suspenderse, la misma se debe continuar en el punto donde fue suspendida; sin obviar que no podrá excederse del lapso establecido de 15 días, entre una y otra audiencia, todo lo anterior de acuerdo al Código Orgánico Procesal Penal (No se computan los sábados y domingos, días feriados ni aquellos en que el tribunal decide no despachar).

Constitución del Tribunal

La Fase de Juicio Oral y Público es la más importante del proceso penal acusatorio; debido a que la fase preparatoria permite formar la acusación, por su parte la fase intermedia permite comprobar su sustento y el juicio oral conlleva a comprobar la certeza última de la acusación, es decir, cuál es su verdadera dimensión.

Integración del Tribunal.
    Para la Fase de Juicio Oral y Público se debe distinguir cuál Tribunal debe conocer del asunto; el cual puede ser un Tribunal Unipersonal o un Tribunal Mixto.

El Tribunal Unipersonal debe conocer de la causa cuando se presenten las siguientes circunstancias:

-.El delito no amerita pena privativa de libertad.

-.El delito no excede en su límite máximo de 4 años de pena privativa de libertad.

-.Se trate de la aplicación de un procedimiento abreviado (Delitos menores o procedimientos de calificación de flagrancia).

 

     El Juez de Juicio Unipersonal habiendo recibido las actuaciones, señalará la fecha para la celebración de la Audiencia de Juicio Oral y Público, de acuerdo a su disponibilidad en agenda (No debe tener lugar antes de 10 días ni después de 15 días hábiles, desde la recepción de las actuaciones).

 

Por su parte el Tribunal Mixto debía conocer de la causa cuando se presentaban las siguientes circunstancias:

-.En aquellos delitos cuya pena sea mayor de 4 años en su límite máximo.

 

     El Juez Presidente elegirá por sorteo, en sesión pública, previa notificación de las partes, las cuales forman parte de una lista elaborada con electores hábiles inscritos en el Registro Electoral, de los cuales los dos primeros, en su orden, serán jueces escabinos titulares y los restantes serán los suplentes en el mismo orden en que fueron escogidos.


     Los jueces escabinos eran ciudadanos que junto a un juez profesional formaban parte del Tribunal Mixto, los mencionados ciudadanos no debían ser abogados y tenían que pertenecer a la circunscripción judicial regional en la cual se iba a efectuar el juicio, entre otros.


¿Qué sucede en la actualidad con el Tribunal Mixto?
     El Tribunal Mixto, el cual estaba conformado por un Juez con dos escabinos dejó de existir en el sistema procesal penal venezolano; lo cual quedó señalado en las Disposiciones Finales del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal; publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela; de la siguiente manera:

“…quedan eliminados los Tribunales Mixtos y en consecuencia, la figura de los escabinos y escabinas. En los procesos en curso donde ya se encuentren constituidos los Tribunales Mixtos, aplicarán las disposiciones del Código anterior, respecto a los escabinos, en cuanto sea aplicable”.


Referencias

Código Orgánico Procesal Penal.
Rodrigo Rivera Morales. Derecho Procesal Penal.


sábado, 4 de febrero de 2017

Sistemas de identificación de personas.

Identidad e Identificación.
     Cuando se habla de la identidad se dice que es una cuestión relacionada con consideraciones filosóficas y psicológicas de las personas. Es necesario mencionar, que los seres humanos requieren identificarse y distinguirse unos de otros, todo lo anterior, para conducir una conversación, una transacción de negocios, u otros.
     En el orden de las ideas anteriores, se tiene que en la sociedad la distinción entre las personas se lleva a cabo tomando en consideración el nombre y apellido, así mismo, se puede decir que las clases aristocráticas se han delimitado del común popular, de la misma manera, la adjudicación de apodos que pudiesen sustituir en muchos casos el propio nombre, costumbre ésta socialmente aceptada.
     En lo referente a la Identidad, se dice que es un conjunto de características que hacen a una persona distinta a las demás y solo igual a sí mismo; por su parte, la Identificación es el proceso, mediante el cual, se reconoce a un individuo vivo o muerto, así como también, restos cadavéricos a través de métodos creados para establecer la identidad.
     En base a las consideraciones anteriores, se tiene que el Estado implementa determinados documentos, entre los que se tienen la cédula de identidad o pasaporte, los cuales permiten confirmar la identidad de las personas, lo que conlleva a facilitar la identificación de los individuos en caso de accidentes, desastres u otros casos, en los que no se haya podido saber a simple vista de quién se trata la víctima de tales hechos, ahora bien, debido a que los mencionados documentos, generalmente, están conformados por la fotografía, huella dactilar y datos personales de la persona allí identificada, facilitan de cierta manera, relacionarlo o no con la víctima a identificar.

                                                  Clases de Identificación.
     En lo referente a la identificación, la misma se clasifica de la siguiente manera:
-. Identificación Judicial: Busca la identificación de los delincuentes, constituyendo un elemento de prueba judicial. Este tipo de identificación es practicada por técnicos especializados, los cuales, suministran la ficha sinaléptica.
-. Identificación Médica: Requiere de conocimientos anatómicos y sirve para la identificación de un individuo vivo o muerto o sus restos óseos.
-. Identificación de las Personas en la Investigación Criminal.

     Cabe mencionar, que la Criminalística en cuanto a la Identificación de las Personas en la Investigación Criminal, se encarga de aplicar los conocimientos, métodos y técnicas necesarios, con el fin de identificar a la persona viva o muerta; la cual, pudiese encontrarse putrefacta, descamadas, quemadas, u otros, así mismo, también puede presentarse el caso de restos humanos, los cuales requieren ser identificados para determinar si se trata de un hecho accidental o provocado (homicidio y suicidio). Ahora bien, con el uso de las técnicas periciales en la identificación, ya sea de personas vivas o muertas, permite establecer la personalidad civil, por consiguiente, permite que la investigación policial, ubique a la víctima dentro de un contexto social, lo que pudiese llevar a la identificación del agresor.

Factores de Identificación.
     Para la identificación de las personas se deben tomar en cuenta los factores de identificación, los cuales son los Morfológicos (Apreciación externa) y Bioquímicos (Naturaleza interna), en cuyo caso, cada uno de ellos presenta características naturales y adquiridas, estos se explican de la siguiente manera:
-. Morfológicos Naturales: Allí se toman en cuenta la Edad, Características Étnicas, Estatura, Sexo, Complexión, Erupción y Posición Dental, Huellas Dactilares, Lunares y Verrugas, Color de Ojos, Cabello y Piel.
-. Morfológicos Adquiridos: Cicatrices Quirúrgicas y Traumáticas, Tatuajes, Amputaciones, Tratamientos Estéticos, Tratamientos Dentales.
-. Bioquímicos Naturales: Hematología, Semen, Saliva, Residuos Corporales, Genética.
-. Bioquímicos Adquiridos: Patológicos y Toxicológicos

Identificación de Personas Vivas.
     Es preciso mencionar, que en el Ámbito Civil cuando se da el caso de personas extraviadas o desaparecidas sean estos adultos, personas afectadas de sus facultades mentales o menores de edad, en cuyo caso, los mismos, con el transcurrir del tiempo evolucionan físicamente, es necesaria la identificación de estas, todo lo cual, se traduce en fuente generadora de derechos y obligaciones legales.
     En ese orden de ideas, en el Ámbito Penal el objetivo principal de la identificación de personas vivas es la identificación del presunto responsable de la comisión de un delito, o en su caso la reincidencia del mismo. El confirmar la identidad de un individuo y comprobar su posible transgresión criminal mediante la evidencia de su participación en el lugar de los hechos o del señalamiento directo realizado por testigos, es tarea fundamental del área pericial, con apoyo de técnicas como el Retrato Hablado, Ficha Signaléctica, Criminalística y Estomatología, entre otra.

Identificación de Cadáveres.

     En lo referente a la identificación de cadáveres en el Ámbito Civil, la misma busca establecer la plena identidad de personas fallecidas como un requisito fundamental para los trámites de inhumación o cremación del cadáver, así, la expedición del Certificado de Defunción; siendo este el documento indispensable para el cobro de pólizas de seguro, indemnizaciones en muertes accidentales, pensiones institucionales, pago de gastos funerarios y diversos actos oficiales de la familia.
     Ahora bien, cuando se trata de accidentes masivos en medios de transporte se presentan situaciones especiales con relación a las víctimas, en cuyo caso, la intervención del Derecho Internacional se hace patente, ante la diversidad de nacionalidades; o así mismo, en desastres naturales ante la multiplicidad de víctimas con características étnicas similares, en las cuales, es sumamente importante establecer la identidad civil de cada una de ellas.

     En ese mismo orden y dirección, la identificación de cadáveres en el Ámbito Penal, conlleva a la identificación de personas víctimas de muertes violentas tales como homicidio, suicidio, accidente o cualquier otra de carácter sospechoso y la consecuente investigación de los hechos a través del Ministerio Público; lo que pretende acreditar la presunta responsabilidad, en búsqueda de la sanción legal.

Sistemas de Identificación.
     Se tiene que para identificar a las personas sean estas vivas o muertas (Cadáveres) la Criminalística cuenta con diversos sistemas, los cuales son necesarios para lograr determinar las circunstancias en las cuales ocurrieron los hechos, para de esta manera llevar a buen término las investigaciones, entre los sistemas de identificación, con los cuales cuenta la Criminalística se tienen los siguientes:  

-. Dactiloscopia: Es la disciplina que estudia las huellas digitales, mediante la cual, se logra la identificación de la persona por medio de las impresiones producidas por las crestas papilares que se encuentran en las yemas de los dedos de las personas vivas o muertas; entre las cuales se pueden apreciar:
1) Huellas latentes: Son las más difíciles de encontrar, ya que se requiere de equipos y químicos especiales para poder hacerlas visibles al ojo humano.
2) Huellas visibles: Son fáciles de apreciar ya que se pueden detectar a simple vista.         

Principios de la Dactiloscopia.
-. Perennidad: Se encuentra desde los 6 meses de vida intrauterina del hombre hasta su putrefacción.
-. Inmutabilidad: Los dibujos dactilares no varían ni por desgaste voluntario e involuntario.
-. Diversidad: No hay una huella parecida a otra. Cada una es individual ya que no se encuentra ligada genéticamente y contiene más de veinte puntos característicos.

Levantamiento de Huellas Digitales.
Al tratarse del levantamiento de las huellas dactilares se tiene que el mismo se da de la siguiente manera:

-. Huellas Latentes: Son originadas cuando la sustancia química que exudan los poros (agua, aceites, aminoácidos y sales) se deposita sobre una superficie determinada, produciendo de esta manera la huella latente, por tanto, no observable a simple vista.
-. Huellas Visibles: Son aquellas que pueden observarse a simple vista, sin la necesidad de emplear elementos para revelarlos. En ellas media una sustancia entre el dactilograma natural y el soporte. Entre ellas se pueden distinguir las siguientes:

1) Rastros por impregnación: Dejados en la superficie por dedos que han tomado contacto previamente con sustancias no pulverulentas tales como pintura, sangre, tintas, grasas, u otros.
2) Rastros por sustracción: Se producen cuando un dedo presiona sobre una capa de polvo no muy gruesa y parte del mismo queda retenido en las crestas. Al retirar el dedo, se sustrae del plano original parte del sólido, reproduciéndose en forma más o menos fiel los dibujos dactilares.
3) Rastros por depósito: El depósito será pulverulento de cualquier sustancia que se encuentre finamente dividido como los pigmentos, el hollín, harina, talco, polvo atmosférico, entre otros. La presión de los dígitos sobre cualquiera de estas sustancias hace que las mismas queden retenidas sobre las crestas.
4) Rastros por ataque: Son aquellos que se producen sobre superficies que reaccionan químicamente con los componentes de la exudación, dando figuras que reproducen fielmente los dibujos originales.

Antropometría.
     La Antropometría es aquel estudio basado en las dimensiones que tiene el esqueleto, las cuales, a partir de los 21 años se conservan invariables, tomando en consideración la infinita variedad de dimensiones que existen entre la diversidad de individuos.

Retrato Hablado.
     En lo referente al retrato hablado, se tiene que es una disciplina artística, mediante la cual, se elabora el retrato o rostro de una persona extraviada o cuya identidad se ignora. Se toman como base los datos fisonómicos aportados por testigos e individuos que conocieron o tuvieron a la vista a quien se describe, es decir, el retrato hablado es la representación visual, en forma y volumen de las características propias o particulares de una persona o presunto autor de un delito, obtenidas a partir de una entrevista de investigación.

     Es importante señalar, que en los casos de robo de niños, el retrato hablado se ha venido utilizando últimamente para estimar posibles cambios de configuración del infante a través del tiempo. Dicha labor se hace apoyándose con elementos antropométricos, genéticos y médicos para lograr de esta forma ilustrar el envejecimiento.

Odontología Forense.
     En lo relacionado con la Odontología Forense, la misma, es la rama de la Odontología que trata del manejo y el examen adecuado de la evidencia dental y de la valoración y la presentación de los hallazgos dentales, que puedan tener interés criminalístico en cuanto a la identificación de las personas, dictámenes de edad, recolección de evidencia odontológica en delitos sexuales, maltrato infantil, responsabilidad profesional, entre otros.

Genética Forense.
     Cabe destacar, que la genética forense es una ciencia que en la actualidad está al servicio de la justicia, la cual, ha servido para identificar a los responsables de los delitos. Con la denominación de Genética Forense se define el uso de ciertas técnicas empleadas en la genética para la identificación de los individuos en base al análisis de los polimorfismos del DNA.

     En ese orden de ideas, se tiene que la Genética Forense se centra en tres áreas específicas, las cuales, son las siguientes:
-. Identificación de personas desaparecidas a partir del cadáver.
-. Investigación de la paternidad, tanto desde el punto de vista de la reclamación como de la impugnación.
-. Análisis de restos orgánicos como pelos, semen, saliva, sangre, entre otros, que pudiesen haber quedado en la escena de un crimen o de un delito sexual.

Lofoscopia.
     En lo referente a la Lofoscopia es la ciencia que forma parte de la Policía Científica, la cual, tiene por objeto el estudio de los dibujos lineales que se presentan en forma de finos relieves (depresiones epidérmicas) y definiciones epidérmicas, conocidos como lofogramas o dibujos papilares, es decir, la Lofoscopia es el estudio de los dibujos lineales que se presenta en las caras y en los bordes de las manos y los pies de todo ser humano. Estos dibujos o rugosidades también son conocidos como crestas papilares. No existen dos crestas papilares iguales, motivo por el cual, cada individuo tiene unos dibujos particulares diferentes a los del resto de cualquier ser humano.

     Respecto a la Lofoscopia, la misma, se clasifica de la siguiente manera:
-. Dactiloscopia: Es el procedimiento técnico que tiene por objeto el examen de los dibujos digitales con el fin de identificar a las personas.
-. Quiroscopia: Es la parte de la Lofoscopia que se dedica al estudio de los dibujos de crestas papilares en las palmas de las manos.
-. Pelmatoscopia: Se dedica al estudio de los dibujos de las plantas de los pies
-. Microlofoscopia: estudio microscópico de las impresiones papilares para establecer su Originalidad.
     Ahora bien, existen otro tipo de rugosidades en el individuo, también únicas y características que no son crestas papilares, no obstante, también pueden ser objeto de estudio para diferencia unos individuos de otros, entre estos estudios se tienen:
-. Palatoscopia: Se basa en las rugosidades palatinas, que son las rugosidades presentes en la región anterior del paladar de la boca. Este dibujo no cambia a lo largo de la vida.
-. Queiloscopia: Se basa en los pliegues de los labios de la boca.